- Por Redacción Onda Cero
- 25 Jul 2024
Alianza Lima fue sancionado con una millonaria multa por Indecopi, tras el ‘apagón’ ocurrido en Matute en la final de la Liga 1 2023 ante Universitario de Deportes.
La Comisión de Protección al Consumidor declaro fundada en primera instancia la multa de 588.36 UIT, equivalente a S/. 3.030.054 (tres millones treinta mil cincuenta y cuatro soles), al club de La Victoria por cometer dos infracciones.
Para la entidad, Alianza Lima expuso al público a un peligro ‘innecesario’ cuando apagaron las luces al finalizar el encuentro. Por ello, se les ameritó una multa de 450 UIT, es decir, S/. 2.317.500.
“La acción de apagar las luces artificiales que iluminaban el campo de juego y tribunas al concluir el evento deportivo, lejos de construir una medida de protección para los espectadores a efectos de garantizar su seguridad, los expuso a un riesgo injustificado para su salud y la seguridad de sus bienes”, indica el escrito.
👀 El momento en el que se apagaron las luces de Matute tras el pitazo final#AlianzaLima 0-2 #Universitario
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Además, los ‘íntimos’ recibieron otra multa de 138.36 UIT, correspondiente a S/. 712.554, por el ingreso de bengalas y porque estas llegaran al campo de juego.
«No tomó las acciones pertinentes para evitar que se ingresen bengalas al Estadio Alejandro Villanueva y sean lanzadas al campo de juego, exponiéndose así la salud de los espectadores a un riesgo injustificado», se indicó.
Sumada a esta multa, se ordenó a Alianza Lima comprometerse en brindarle una capacitación a sus trabajadores y directivos, respecto a las medidas de seguridad que se deben optar en un evento deportivo.
Alianza Lima aún puede apelar
Actualmente, la sanción aún se encuentra en plazo de apelación. Y esta será revisada por la Sala Especializada en Protección al Consumidor, la última instancia de Indecopi.
«El único recurso impugnativo que puede interponerse contra lo dispuesto por la Comisión de Protección al Consumidor N° 2 es el de apelación, el cual debe ser presentado ante dicho órgano colegiado en un plazo no mayor de quince (15) días hábiles contado a partir del día siguiente de su notificación”, se lee en el informe.
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